































El Dr. Ignacio Albarracín, emparentado con Sarmiento, fue uno de los más destacados Presidentes de la Sociedad Protectora de Animales. Su fallecimiento se produjo el 29 de abril de 1926 y por eso se eligió este día para conmemorar anualmente el "Día del Animal".
No se puede describir la importancia del animal para la civilización humana; ya sea como amigo del hombre , como trabajador aliviando las tareas más rudas, como alimento, etc.
Son muchísimos los casos en que, gracias a la intervención de un animal, se salvó una vida e inclusive cambió el curso de la historia. Las especies más salvajes e inclusive las más dañinas, muchas veces en apariencia, se ha demostrado que poseen una existencia equilibradora de la ecología y que su desaparición ha significado, frecuentemente, un perjuicio posterior.
Derechos del animal:
-Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
-Todo animal tiene derecho al respeto.
El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
-Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
-Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
-Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
-Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
-Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
-Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
- Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
-Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
- El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
-Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
- La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
-Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
-Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
-Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
- Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
-Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
-Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
-La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
-Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
-Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
-Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
-Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
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